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Tribunal de Casación, Sala de lo Mercantil, 8 de julio de 2026, n.º 25-11.256

Obligación de información del vendedor: el comprador profesional competente no tiene derecho a ella, independientemente de su especialidad

Obligación de información del vendedor: el comprador profesional competente no tiene derecho a ella, independientemente de su especialidad.

Una empresa que explota una cantera desde hace 14 años compra una excavadora de cadenas nueva a un distribuidor de maquinaria industrial.

Posteriormente, alega numerosos fallos de funcionamiento y demanda al vendedor para solicitar la resolución de la venta, invocando un incumplimiento de su obligación de información y asesoramiento.

Su argumento: se dedica a la explotación de canteras, no a la venta de maquinaria; al ser especialidades distintas, el vendedor debería haberla asesorado mejor.

Desestimado.

El Tribunal de Casación aclara: la obligación de información del vendedor no es exigible frente al comprador profesional siempre que este disponga de las competencias que le permitan apreciar el alcance exacto de las características técnicas del material vendido; no importa que ejerza una especialidad diferente a la del vendedor.

En este caso, el comprador utilizaba excavadoras a diario desde hacía 14 años y ya poseía una. Por tanto, conocía perfectamente este tipo de maquinaria, aunque no se dedicara a su venta.

La cuestión no es «¿Se dedica usted al mismo sector que el vendedor?», sino «¿conoce usted lo suficiente el producto que está comprando?».